De igual forma, los ministros reconocieron la validez del derecho a una muerte digna, justicia cívica, derechos de migrantes, derechos sexuales y reproductivos, y la celebración de tratados internacionales y política exterior.
Por mayoría de 8 votos, el pleno de la corte avaló el proyecto del ministro Javier Laynez en torno a las acciones de inconstitucionalidad que interpusieron la PGR y la CNDH en contra de la constitución de la CDMX. En su sentencia, los togados no analizaron si es válido o no que las personas y doctores puedan usar la marihuana para fines médicos o terapéuticos.
Luis María Aguilar enfatizó que estos preceptos no regulan ni establecen un derecho humano, es decir, no tiene ningún contenido normativo, sino regulación a la Constitución y Legislación aplicable a la Constitución federal.
Sin embargo, cuando la Constitución de la Ciudad de México menciona el uso médico de la marihuana, no invade esa facultad exclusiva porque solo se señala que dicho uso se permitirá en la Ciudad conforme a la legislación aplicable, es decir, la Ley General de Salud.
Redacción MD













